Capítulo III

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CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LIMPIEZA PUBLICA, VIARIA, RIEGOS, RECOGIDA, TRATAMIENTO Y ELIMINACION DE RESIDUOS Y LIMPIEZA Y CONSERVACION DE ALCANTARILLADO (1996 - 2001)

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CAPITULO III Condiciones generales de ingreso

 

Artículo 16. Ingreso al trabajo.

La admisión del personal se efectuará de acuerdo con las disposiciones vigentes en cada momento y lo regulado en los Convenios Colectivos en la materia, y en ningún caso antes de que el trabajador haya cumplido dieciséis años.

El derecho de información sobre contratación se regirá por lo establecido en las disposiciones legales y por lo establecido en el presente Convenio sobre derechos de los trabajadores en materia de contratación.

Artículo 17. Pruebas de aptitud.

Las empresas, en relación al ingreso de los trabajadores, podrán realizar las pruebas de selección que consideren necesarias para comprobar el grado de aptitud de los aspirantes.

El trabajador contratado deberá ser inscrito en el libro de matrícula del centro de trabajo correspondiente, debiendo para ello aportar la documentación necesaria y firmando en el mismo.

Las empresas y los trabajadores vendrán obligados a realizar reconocimiento médico con motivo de la admisión de los trabajadores.

Los reconocimientos médicos deberán adaptarse al puesto de trabajo de que se trate.

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