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CRITERIOS Y OBJETIVOS PARA LA NEGOCIACIÓN  DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS CAJAS  DE  AHORROS  CONFEDERADAS

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Madrid, enero 2003

 Entendemos la negociación colectiva, no solamente el momento temporal de la negociación del convenio, sino también su administración y aplicación posterior y su articulación con la negociación a nivel de empresa.

 El convenio sectorial es el marco común que garantiza las condiciones de trabajo básicas, de los 105.000 trabajadores y trabajadoras de las cajas de ahorros. Su existencia, además de una garantía, supone un impulso a la negociación interna en cada entidad.

 La consecución de los objetivos aquí fijados, no agota la negociación del próximo convenio, sino que constituyen objetivos a conseguir en los dos ámbitos (sector y empresa) en un lapso temporal. Este período de tiempo podríamos fijarlo en un cuatrienio, o en el período en que se mantengan las condiciones actuales  (número de empresas, dimensión, volumen de empleo, marco jurídico, marco político, etc).

 POLITICA SALARIAL.

 En el año 95, todos los sindicatos aceptamos responsablemente una retribución inicial que facilitara la contratación. Esto ha permitido abaratar el ingreso de los nuevos, pero no aumentar la cantidad y la calidad de los contratos. Ello unido a la pluralidad de sistemas de remuneración sirve para que las entidades se hagan la competencia con nuestro salario.

 Por otra parte, la cualificación exigida al personal de nuevo ingreso como auxiliares administrativos, no se corresponde con la retribución establecida, en comparación con el mercado de trabajo. Conseguir plantillas motivadas que necesitan las cajas pasa por mejorar sensiblemente la retribución mínima.

         NUESTRAS PROPUESTAS:

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Salario mínimo 18.030 euros (3.000.000 de Ptas.).

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Desaparición de la proporcionalidad del cobro de las pagas en los tres primeros años de ingreso en las cajas consolidando las 18,5 pagas, de sueldo base y antigüedad, como estructura básica del sector, desreferenciándolas de los resultados administrativos.

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Mejora del poder adquisitivo: IPC real más 1 punto.

INGRESO, ASCENSOS Y CARRERA PROFESIONAL

 En estos momentos existe la más absoluta ambigüedad y discrecionalidad sobre los procedimientos de ingreso del personal y de ascensos, salvo en los puestos clasificados de la Red de Oficinas.

         PROPONEMOS:

El acceso debe ser por oposición pública y con los contratos de trabajo perfectamente causalizados y así evitar el fraude existente de concatenación de contratos.

             Se debe limitar porcentualmente el número de contratos temporales.

 Una buena parte del personal ingresado después del XIII Convenio se quedan estancados en la categoría de auxiliar A. Además, con las promesas de promoción o mejora de retribución, una parte de ellos realizan funciones especializadas sin que estén categorizadas.

 Al mismo tiempo se está produciendo una peligrosa segmentación que se está implantando entre el personal sin cargos de responsabilidad, ya sea en oficinas o departamentos y servicios centralizados. Segmentación que se produce de dos formas:

>       Los que ascienden hasta oficiales y los que no ascienden en función de la fecha de ingreso.

    Los que promocionan, sin categoría pero con bonus o retribuciones variables y los que no.

 POR TODO ELLO ES NECESARIA:

        La recuperación del ascenso por antigüedad, hasta la categoría de Oficial 1º

        La creación de la escala de técnicos, que englobe a todo el personal que realiza funciones específicas, especializadas y diferenciadas: gestores comerciales, analistas de empresas, de riesgos, asesores financieros, banca privada, etc, etc,...

        La asignación de  categorías a los responsables y segundos responsables en Servicios Centrales.

        Introducir criterios objetivos en la clasificación de oficinas y la consolidación de categorías en un año.

 CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR CON LA ACTIVIDAD LABORAL

 Ante el alarmante abandono de responsabilidades por parte del Estado en la atención a la población dependiente (infancia, tercera edad, discapacitados físicos y/o psíquicos) nos planteamos la consecución de medidas que permitan compatibilizar nuestro trabajo con la atención a los hijos y familiares

                 NUESTRAS PROPUESTAS:

         Permiso retribuido de una hora diaria para la atención de hijos menores de 3 años o familiares a cargo.

         Derecho a reducción de jornada entre un mínimo de una hora diaria y la media jornada (con las mismas condiciones que la ley de conciliación).

Así mismo, está demostrado que el sector de servicios y por tanto el sector financiero es uno de los sectores donde más acoso laboral sufren los trabajadores y trabajadoras. Por ello se hace pertinente que la normativa europea sobre acoso laboral en el trabajo sea tomada como índice para que en el convenio se recojan las garantías suficientes de que los trabajadores y trabajadoras puedan realizarse profesionalmente con dignidad y libertad.

JORNADA Y HORARIO

Lograr el horario actual nos costó años de lucha y contrapartidas a cambio de implantarlo en convenio. Es deber y obligación de todos respetarlo y defenderlo.

Nos planteamos el mantenimiento del modelo de horario como forma de garantizar el derecho al descanso, a la cultura y a la salud.

        NUESTRAS PROPUESTAS:

        Jornada continuada, de lunes a viernes de 8 a 15 todo el año, mediante la reducción progresiva de las tardes de jueves.

         25 días laborales de vacaciones. Permiso retribuido para los días 24 y 31 de diciembre.

 AYUDAS, PRESTAMOS Y ANTICIPOS.

 El desmesurado incremento del precio de la vivienda obliga a mejorar el sistema con el fin de permitir el acceso a una vivienda digna y con un endeudamiento razonable.

         NUESTRAS PROPUESTAS:

         Debe implantarse la quinta anualidad de Oficial 2º como parte del capital debidamente justificado para la adquisición de la vivienda principal.

         Deben tener acceso a la operación los empleados con un año de antigüedad.

         La quinta anualidad debe aplicarse a la cartera viva.

         Deben recogerse opciones para la reforma o modernización de la vivienda principal.

         La pareja de hecho, debidamente registrada, debe ser considerada unidad económica a los efectos de operaciones de empréstito.

         El plazo de devolución será de 30 años. En caso de que, por diversas circunstancias, el plazo del préstamo supere la vida laboral del empleado se mantendrán las condiciones, al igual que ocurre en el caso de fallecimiento.